Blog

RECLAMACIONES PLEBISCITO 04 DE SEPTIEMBRE DE 2022

De conformidad a lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, cualquier elector cumpliendo los requisitos señalados en la norma referida, podrá deducir ante el Tribunal Electoral Regional (TER) respectivo, reclamación de nulidad o solicitud de rectificación de escrutinios respecto del Plebiscito Nacional del 04 de septiembre de 2022.

Los interesados cuentan con el plazo de seis días corridos, contados desde la celebración del Plebiscito Nacional, para presentar dichas acciones.

Este Tribunal Electoral pone a disposición de los electores, formularios para deducir reclamación de nulidad (Pinche aquí) o solicitud de rectificación de escrutinios (Pinche aquí)

Una vez descargado el formulario de reclamo o solicitud de rectificación de escrutinios desde la página web, deberá ser completado y firmado por el o los reclamantes, adjuntando obligatoriamente cédula de identidad escaneada por ambos lados de todos los comparecientes y deberá ser ingresado a través de la plataforma virtual habilitada (Pinche aquí), dentro de plazo indicado.

Las reclamaciones y solicitudes de rectificación de escrutinios ingresadas, así como sus escritos y documentos asociados, podrán ser consultados ingresando a la opción consulta de causas. (Pinche aquí).