De conformidad a lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley N°18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, cualquier elector cumpliendo los requisitos señalados en la norma referida, podrá deducir ante el Tribunal Electoral Regional (TER) respectivo, reclamación de nulidad o solicitud de rectificación de escrutinios respecto de las Elecciones que se llevarán a cabo el 15 y 16 de mayo de 2021.
Los interesados cuentan con el plazo de seis días corridos, contados desde la celebración del proceso eleccionario, para presentar dichas acciones.
Este Tribunal Electoral pone a disposición de los electores, formularios para deducir reclamación de nulidad (Pinche aquí) o solicitud de rectificación de escrutinios (Pinche aquí).
Una vez descargado el formulario de reclamo o solicitud de rectificación de escrutinios desde la página web, deberá ser completado y firmado por el o los reclamantes, adjuntando obligatoriamente cédula de identidad escaneada por ambos lados de todos los comparecientes y deberá ser ingresado a través de la plataforma virtual habilitada (Pinche aquí).
Las reclamaciones y solicitudes de rectificación de escrutinios ingresadas, así como sus escritos y documentos asociados, podrán ser consultados ingresando a la opción consulta de causas. (Pinche aquí).